Insalubridad.

La Corte Suprema ahora falló contra otra polémica Ley de Rovira que generaba rechazo entre las grandes industrias forestales

Días después de haber fallado a favor de Las Marías en una cautelar contra los cobros de anticipos a los Ingresos Brutos, ahora la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en contra de otra polémica Ley impulsada por Carlos Rovira, que tenía fuerte rechazo del sector privado.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad del artículo 1° de la ley provincial de Misiones, la cual establecía de manera general la insalubridad laboral de la industria productora de pasta celulosa, papel y cartón en todo el territorio de la provincia.

El máximo tribunal de la Nación falló a favor de la empresa Papel Misionero (hoy controlada por el Grupo Arcor) y determinó que una Ley no puede calificar a una actividad laboral como riesgosa de manera genérica y abstracta, sin evaluar las tareas específicas de cada trabajador.

“Yo nunca entendí cual fue la motivación para promulgar esta ley. Creo que la industria de celulosa y forestal en general crea trabajos de calidad. Requiere mucha inversión y esto permite pagar mejor que otras industrias em lugares con pocas opciones como el norte de Misiones”, indicó un experto del sector celulósico a Plan B, al comentar la importancia del fallo de la Corte Suprema.

“Creo que que la Corte Suprema sea clara en estos temas, nos ayuda y motiva a seguir empujando para atraer capital y generar trabajo”, indicó el experto.

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El origen de la Ley

La ley había sido sancionada en 2008, tras un acuerdo entre Carlos Rovira y el sindicato del sector y ante el fuerte rechazo de la industria productora de celulosa.

Es importante entender el contexto político de ese entonces, se produjo en pleno boom del crecimiento a “tasas chinas” del Gobierno ya de Cristina Kirchner, y con un país que venía de un enfrentamiento con Uruguay por la instalación de Botnia, una disputa en la cual el kirchnerismo tomó partido por los ambientalistas.

La industria forestal considera que ese conflicto y la forma de manejarlo, retrasó dos décadas la llegada de inversiones al sector.

Qué dice el fallo de la Corte Suprema

Ahora, el fallo que anula esa ley se dio en el marco de la causa «Papel Misionero S.A.I.F.C. c/ Provincia de Misiones s/ acción declarativa de inconstitucionalidad».

complejo 1 50° aniversario papel misionero

La controversia se originó en el año 2008 con la sanción de la entonces Ley n° 4438, que en su primer artículo declaraba insalubre a toda la actividad papelera y celulósica. Ante esta medida, la empresa Papel Misionero promovió una acción declarativa para solicitar la inconstitucionalidad de dicho artículo.

En primera instancia, el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones había rechazado el planteo de la empresa. En un voto mayoritario, el tribunal local argumentó que la ley fue dictada bajo el amparo del poder de policía laboral y que, al limitarse a definir qué actividades son riesgosas, no invadía las competencias del Congreso de la Nación ni modificaba elementos troncales del contrato de empleo. Sin embargo, tras la denegación de un recurso extraordinario federal, la empresa presentó una queja que llevó el caso hasta el máximo tribunal del país.

La Corte Suprema, con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, hizo lugar a la queja, revocó la decisión del tribunal misionero y declaró inconstitucional el artículo en cuestión. En su voto, los magistrados Rosenkrantz y Lorenzetti adhirieron al dictamen de la Procuración, el cual estableció que resulta incompatible con el artículo 200 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) que una ley general califique la actividad en forma abstracta y genérica como insalubre. Se argumentó que esta generalización impide a sujetos como la ANSES, empleadores o empleados ejercer su derecho de defensa mediante los procedimientos correspondientes.

Por su parte, el juez Horacio Rosatti profundizó en las consecuencias prácticas de la norma. El magistrado señaló que el artículo 1° de la ley misionera no individualizaba los lugares, sectores o tareas que entrañaban riesgos para la salud. En cambio, sometía a toda la industria a un régimen excepcional, abarcando por igual a los trabajadores efectivamente expuestos a condiciones nocivas y a quienes no lo estaban. Según Rosatti, esta desnaturalización del instituto conduce a «consecuencias manifiestamente irrazonables». Además, el juez destacó la existencia de una contradicción lógica e incompatibilidad entre el artículo 1° y el artículo 3° de la misma ley local.

Plan B/ Misiones Online / 10-9-2026

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