Por Martín Boerr
La “Aduana Paralela” como se conoce al agresivo régimen de retenciones de Ingresos Brutos de la provincia de Misiones, se sigue cayendo con nuevas medidas de alivio que excluyen cada vez a mayor universo de contribuyentes, alcanzados por las odiosas retenciones en sus cuentas.
Ayer el ministro de Hacienda, Adolfo Safrán, ratificó que tanto las transferencias en billeteras virtuales como Mercado Pago y otras, como las acreditaciones en cuentas bancarias (caja de ahorro o cuenta corriente) están exentas hasta un monto de $2.184.404, equivalente a la categoría “D” del monotributo.
Esa exclusión arranca el 1° de agosto.
De esta forma, la provincia asume que cualquiera que tiene giros de hasta ese monto o no trabaja o es monotributista de la menor categoría y no le va a aplicar el agresivo sistema de retenciones anticipadas sobre Ingresos Brutos.
¿Y si trabaja en negro? En esta época de crisis, el fisco provincial está practicando con este alivio de alguna forma aquello de “vivir y dejar vivir”, sin retenerle más a cuentapropistas que sobreviven como pueden, por ejemplo, una señora que hace empanadas en su casa y vende en el barrio. O una empleada doméstica a la que le pagan a su cuenta de Mercado Pago o Tarjeta Naranja.
Pero hoy en el Boletín Oficial se conocieron otras dos excenciones, y esta vez sin límite para las transferencias:
Se exime a las cajas de ahorro en dólares en cuentas bancarias, siempre que sea para personas humanas (no para empresas). Así que cuando una persona deposita dólares a otra, o deposita en su cuenta los dólares que compró en el circuito informal (en cuevas, por ejemplo), o bien recibe una transferencia en moneda dura, cada vez más común con el incentivo que le da el Gobierno Nacional a la operatoria en moneda dura, ya no se le practican retenciones.
Antes si, se efectuaban retenciones a Ingresos Brutos en dólares que servian para acumular más y más “saldos a favor”.

Y también se exime a cualquier giro que provenga de una ALYC, que es como se denomina hoy a los Broker Bursátil. Típicamente, cuando un individuo invierte en la Bolsa al comprar un bono, una acción o un Cedear, debe tener una cuenta subcomitente en una ALYC.
Cuando ese ahorrista/inversor transfiere su dinero (por ejemplo, liquida una tenencia de acciones de YPF y le pide a su ALYC que le transfiera el cash a la cuenta), Ingresos Brutos lo está esperando para practicarle una retención sobre ese giro.
A partir de la actual medida, publicada en el Boletín Oficial hoy, con la firma de la ahora ex titular de Rentas, Belén Gregori, esa retención no se practicara más.
Hoy se publicó la Resolución General 12/2026 de la ATM que dice:
ARTÍCULO 1°.- INCORPÓRANSE al Artículo 12° de la Resolución General Nº 35/2002 DGR, los siguientes incisos:
aa) Los importes que se acrediten provenientes de subcuentas comitentes abiertas en entidades que operen como Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs), autorizadas e inscriptas en el registro de la Comisión Nacional de Valores, siempre que sean depositados en cuentas bancarias cuya titularidad resulte coincidente y siempre que se trate de una persona humana.
bb) Los importes que se acrediten en cuentas bancarias de denominación en moneda extranjera, cuyos titulares sean personas humanas.
Además, desde el 1° de Julio no se cobra a los camiones
A todas estas medidas, hay que agregarle la más importante, desde el 1° de Julio, las empresas que envian mercadería no tienen que pagar el anticipo de Ingresos Brutos calculado a partir de la mercadería física que trasladan, una medida que será temporal por 12 meses, pero que se quiere hacer permanente siempre y cuando la recaudación fiscal y las necesidades de caja del Estado provincial, lo permitan.
Plan B/ 28-7-2026
