El Gobierno Nacional a través de la AFIP puso en marcha el blanqueo de capitales, que fue votado co el último paquete fiscal y que hoy fue reglamentado por la resolución N°5528 publicada en el Boletín Oficial.
Pero antes, ¿qué es el blanqueo y por qué lo instrumentan casi todos los Gobiernos argentinos, sin importar el signo político?
El blanqueo es, casi como su nombre lo indica, un mecanismo para declarar capitales ante el fisco (AFIP) que están en el exterior: típicamente pueden ser sumas de dinero en efectivo, en bonos, acciones o bien bienes, como departamentos o casas.
Por ejemplo: un misionero puede tener departamentos en Encarnación no declarados o en las playas de Camboriu, sin estar declaradas ante la AFIP. O bien dinero en cuentas de bancos paraguayos, uruguayos o norteamericanos por citar tres ejemplos comunes.
Con el blanqueo, el Gobierno busca recuperar parte de los más de 400.000 millones de dólares que se calcula que los argentinos tienen en el exterior y que en una gran parte no están declarados ante la AFIP (no todo el dinero que está afuera es negro, hay bienes y dinero que sí está declarado). Es prácticamente, el equivalente a un PBI.
¿Para qué? Por un lado es una posibilidad de recaudar, recuperar divisas (siempre y cuando los que traigan dólares deseen cambiarlos a pesos) e beneficiar a la actividad económica con las inversiones que pueden generar esos fondos.
Obviamente, ningún gobierno que lo lanza pretende recuperar más que una mínima porción de ese capital que los argentinos tienen en el exterior. Una enorme masa de dinero que se va “fugando” o saliendo del país, mediante ese proceso que se denomina “fuga de capitales”.
¿Por qué los argentinos fugan su capital? Más allá de las interpretaciones políticas, cualquier argentino que tiene capacidad de ahorro no confía en la moneda ni tampoco en los bancos, sobre todo cuando empieza a acumular un capital importante.
Entonces busca un refugio seguro, la alternativa más lógica es comprar inmuebles en la Argentina o dólares y guardarlos en una caja de seguridad o “bajo el colchón”. Estos dos últimos también se consideran bienes en el exterior.
Pero la siguiente opción, si el individuo o la familia tiene un alto poder adquisitivo es girar dinero al exterior para constituir una cuenta o invertir en activos seguros, como bonos del Tesoro de los Estados Unidos.
En el caso de los misioneros, por ejemplo, se hizo muy común invertir en inmuebles en Paraguay, sobre todo en Encarnación y en Asunción. Esos departamentos o casas, muchas veces no están declarados ante el fisco argentino.
Cómo va a funcionar el blanqueo
Este miércoles, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el procedimiento para llevar adelante el blanqueo de capitales.
Una de las ventajas (que también torna a los blanqueos procesos polémicos o discutibles) es que este blanqueo libera de cualquier acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas; extingue la acción penal, excepto las iniciadas por particulares que hubieran sido perjudicados; y descarta la aplicación de las presunciones del incremento patrimonial no justificado.
Los políticos no pueden acceder a ese beneficio
Por supuesto, los blanqueos tienen una cláusula que busca evitar (o atenuar) que ingrese dinero de la corrupción de funcionarios públicos.
Es por ese motivo que quedan excluidos del blanqueo aquellos funcionarios que se hayan desempeñado en el sector público en los últimos cinco años a contar desde la fecha de entrada en vigencia de la ley y aquellos que actualmente desempeñen la función pública, y también cónyuges, ascendientes y descendientes de los sujetos alcanzados, al igual que los excónyuges que lo hubieran sido durante el tiempo en el que dichos sujetos se desempeñaron en los cargos.
Es decir, si alguien trae una suma de dinero que no podría justificar por sus ingresos declarados. La AFIP y la Justicia prometen no iniciar ninguna acción por eso.
Claro que todo genera una desconfianza, ya que una persona en dicha situación puede no recibir una indagación por esos montos que blanqueó, pero puede quedar en la “lupa” del fisco.
Quienes no pagarán impuestos
No pagarán impuestos quienes regularicen montos de hasta 100.000 dólares. “Esta medida está dirigida tanto a los residentes en el país como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro país y hoy pueden decidir su regreso al amparo de este proceso”, expresa la normativa.
Por encima de los 100.000 dólares, el procedimiento permite que se regularice cualquier monto sin costo si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025 o bien se lo invierte en colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía.
Además, a este nuevo régimen se pueden adherir personas que hayan perdido la residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023.
Al mismo tiempo, la AFIP confirmó cómo se estructurará el esquema de pago para quienes regularicen más de US$100.000 sin optar por algunas de las opciones libres de impuestos.
El escalonamiento, queda de la siguiente manera:
- Hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota de 5% sobre el excedente de 100.000 dólares
- Hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es de 10%
- Hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota asciende a 15%
Es decir, si alguien va a blanquear más de 100.000 y quiere pagar los impuestos pero no dejar el dinero en el sistema financiero, cuanto antes traiga el dinero, menos pagará.
De esta forma, la normativa prevé una reducción de 0,5% de la alícuota del impuesto sobre los bienes personales para los períodos 2023, 2024 y 2025 para aquellos contribuyentes que hayan cumplido con sus declaraciones y pagos durante 2020, 2021 y 2022.

“La norma también reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que beneficia al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028 y al lograr estabilidad fiscal (no se podrán cobrar mayores alícuotas durante ese periodo sobre su patrimonio)”, expresa el texto de la AFIP.
Entre otros puntos, la medida además libera de cualquier acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas; extingue la acción penal, excepto las iniciadas por particulares que hubieran sido perjudicados; y descarta la aplicación de las presunciones del incremento patrimonial no justificado.
Requisitos, formas, condiciones y exclusiones de la adhesión se encuentran disponibles en el sitio del organismo nacional www.afip.gob.ar/nuevopactofiscal, que estará vigente desde este miércoles hasta el vencimiento de cada etapa. La ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes establece que quienes adhieran no van a poder inscribirse en otros regímenes similares hasta el 31 de diciembre de ese año.
El blanqueo de casas, departamentos y otros bienes
Como se mencionó, se blanquean no solo sumas de dinero o tenencias en bonos y acciones, sino también propiedades, como departamentos y casas, como los que tienen algunos misioneros en ciudades paraguayas. O como las que tiene porteños en Punta del Este o Miami.
Para poder facilitar el proceso de exteriorización, se estableció que se deberá pagar el 75% del impuesto que corresponda según los bienes a incluir, y luego el contribuyente presentará la declaración jurada con el detalle de dichos bienes y abonará el 25% restante.
Los bienes que pueden exteriorizarse son aquellos en poder del contribuyente (titularidad, posesión, tenencia o guarda) al 31/12/2023, lo cual se acreditará en la declaración jurada adjuntando las constancias de la tenencia y valuación. Por otro lado, en caso de blanquear dinero en efectivo, deberá depositarse en una Cuenta Especial de Regularización de Activos y -mientras se mantengan allí- no pagarán el impuesto. Los fondos que no sean transferidos a dichas cuentas tributarán.
Además, en el caso de detectar bienes que no fueron exteriorizados, se privará al contribuyente de los beneficios del blanqueo únicamente para ese bien.
Plan B/ La Nación / 17-7-2024