En un fallo de altísimo contenido político e impacto en la política de muchas provincias, la Corte Suprema de Justicia declaró hoy la inconstitucionalidad del artículo que permite la reelección indefinida del gobernador en Formosa.
En los hechos, significa que Gildo Insfrán, quien ocupa el cargo de gobernador desde 1995 (hace 29 años) no podrá volver a presentarse para una novena reelección seguida y deberá dejar el poder en 2027.
Se terminaría así una hegemonía provincial que durará en el poder, si se cumple ese plazo, 32 años. La más larga desde el regreso de la Democracia.
Sin embargo, referentes de la oposición consultados por Plan B, como Fernando Carbajal, Gabriela Neme, Adrián Bogado o Martín Hernández, coindicen en que Insfrán refomará la Constitución y habilitará ahora hasta un máximo de dos períodos al frente del Poder Ejecutivo, por lo cual intentará quedarse y ser reelecto también en 2027 y 2031. El caudillo peronista cumplirá 74 años el próximo 19 de enero.
Decisión unánime
El fallo de la Corte fue unánime. Los cuatro jueces, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, por unanimidad, confirmaron la inconstitucionalidad de la norma, con argumentos diversos.
No obstante, Insfrán, previendo un fallo negativo de la Corte, llamó a una reforma constitucional en su provincia para contrarrestar el impacto político de una decisión. Y está dispuesto a aprobar una reforma constitucional que proponga una sola reelección, pero que se empiece a contar desde 2027.
Esto lo habilitaría a dos períodos más, especulan en la oposición formoseña.
La Corte resolvió en el caso Confederación Frente Amplio Formoseño c/Formosa, provincia de s/Amparo, donde los apoderados fueron la diputada provincial Agostina Villaggi y Juan Montoya, abogados de la UCR.
Tambien hubo demandas ante la Justicia presentadas por el senador nacional Francisco Paoltroni (Alianza La Libertad Avanza), el diputado nacional Fernando Carbajal (UCR) y la legisladora provincial Gabriela Neme (Nuevo País).
El proceso iniciado constituye una acción declarativa de inconstitucionalidad contra las normas provinciales que permiten la reelección indefinida del gobernador. La Corte ya se pronunció en el pasado interpretando constituciones locales: limitó las reelecciones de los gobernadores de San Juan, Tucumán, Río Negro y La Rioja. Insfrán, que lleva 29 años al frente de la provincia, fue reelegido el año pasado.

El Procurador general de la Nación, Eduardo Casal, ya dictaminó que es inconstitucional el artículo de la Constitutción de Formosa que permite la reelección indefinida del gobernador. Los dictamenes de la Procuración, que actúa en el proceso como el representante de la sociedad, son opiniones no vinculantes para el máximo tribunal, pero en este caso están alineados.
Plan B/ 19-12-2024