El ministro de Hacienda de Misiones, Adolfo Safrán, explicó en una entrevista con FM Show los alcances del nuevo sistema por el cual la ex DGR (ATM) empezó a aplicar retenciones de entre 1,2 y 4 por ciento a las acreditaciones en billeteres virtuales como Mercado Pago.
La noticia generó un revuelo y reclamos de todo tipo, porque alcanzó a pequeños emprendedores, comerciantes, cuentapropistas que probablemente trabajan en negro o están inscriptos con el Monotributo pero tratan de trabajar en la informalidad para hacerle frente a la crisis, y ahora se encuentran con que la ATM les aplica descuentos sorpresivamente.
Safrán explicó que Misiones adhirió al SIRCUPA, que es el sistema de retenciones a las billeteras virtuales diseñado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral. También afirmó que Misiones adhirió a este sistema para poner en igualdad de condiciones a los bancos con las billeteras virtuales, con lo cual admitió que la medida apunta a no dejar en desventaja al sector financiero.
“Había un planteo de los bancos, había una competencia desleal quien tenía una cuenta bancaria tenía un descuento y quien tenía una billetera, no tenia ningun tipo de control del movimiento de fondos”, señaló Safrán.
Justamente esa diferencia es la que le dio tanto auge a las billeteras virtuales, ya que miles de personas que se autoemplean vendiendo bienes, servicios, buscan trabajar todo lo que pueden en la informalidad.
-¿Por qué se está aplicando?
-Esto no es nuevo, no lo paga cualquier persona, lo paga únicamente una persona que se encuentra inscripta como comercio, como contribuyente. Esto ya fue debatido en la Comisión Arbitral que es el organismo que nuclea a todos los organismos de Rentas provinciales.
-¿Cuándo se implementó?
-Se implementó en el mes de noviembre la incorporación al SIRCUPA, pero se aplica únicamente a aquellos titulares de cuentas virtuales bancarias o billeteras virtuales que estén inscriptas en el organismo tributario de rentas local (en el caso de Misiones, la ATM).
-¿Misiones es la única?
-Misiones adhirió al SIRCUPA, hay otras 16 provincias dentro de este sistema que cobran impuestos a las transacciones electrónicas de personas físicas o jurídicas.
-¿Con qué criterio se aplica?
-Se aplica con un criterio de una base de constribuyentes del SIRCUPA que se envía a las billeteras digitales, cuáles son los contribuyentes a los cuáles se tiene que aplicar el régimen de percepción, no es con todas las cuentas digitales. Si yo tengo Mercado Pago y no me encuentro inscripto, también está mal (porque se presume que hay una actividad comercial que debería tributar).
-Pero hay un 60 por ciento de la economía en el país que es informal…
-Por eso, pero digamos, tengo Mercado Pago y no estoy inscripto en Rentas de Misiones, entones no soy sujeto pasible. Aunque si tengo depósitos, es porque tengo ventas, es una operación gravada por Ingresos Brutos, te aplica un pago a cuenta y nada más (ahí Safrán no dejó en claro si la ATM le retiene a todos los que presume que tienen actividad comercial y probablemente estén trabajando en negro).
-¿El impuesto recae sobre el que transfiere o sobre el que recibe, o sobre ambas puntas?
-No, solamente la percepción o pago a cuenta se aplica a quien recibe el dinero. El que está haciendo la venta. Recibo un depósito, mi cuenta de Mercado Pago, en esa cuenta donde recibe los fondos me aplican un descuento a cuenta, cuando presente mi declaración jurada al cierre del mes calendario, lo voy a deducir de mi percepción.
-¿Por qué la alícuota del 1,2 al 4%, por qué esa discrecionalidad?
-Tiene que ver con lo que se conoce como riesgo fiscal, si un contribuyente no está presentando las declaraciones juradas se considera que es de alto riesgo fiscal y se le aplica un retención mayor (N. de Plan B: Muchos cuentapropistas trabajan en la informalidad, Rentas les aplica la máxima retención y prefieren no presentar nada. De esta forma, Rentas cobra impuestos y la persona resigna ese dinero porque prefiere no ir a inscribirse por temor a que le saquen más). En cambio si presenta regularmente y se encuentra al día, tiene bajo nivel de incumplimiento, la quita será mucho menor.
-¿Un cortador de pasto, un albañil, eso va a ser pasible de ser gravado?
-Es una buena pregunta, eso no. El criterio de la Agencia Tributaria fue excluir ese tipo de transacciones, como Usted comenta, padres que envian dinero a sus hijos o pequeños trabajadores independientes, por volumen de actividades no están inscriptos. No es relevante en términos fiscales, no está previsto de ninguna manera que sean pasibles y no tiene que recibir el descuento.
-¿Hay derecho a reclamo?
-Vamos, a partir de esta pregunta, a hablar con el equipo de la Agencia Tributaria para que facilite un mecanismo de consulta. Pero el gran universo de operaciones se encuentran excluidas
-A Usted le gusta pagar impuestos?
-¿Y a quién le gusta? Por algo se imponen, no es algo que se paga voluntariamente.
Plan B/ Fuente: Entrevista de Alejandro Barrionuevo a Adolfo Safrán en FM Show el 5-7-2023