Anticipos y Saldos a Favor de IIBB.

El Gobierno Nacional quiere ponerle límites a dos "caballitos de batalla" de la ATM y otros fiscos

El Gobierno Nacional empezó a negociar un nuevo Pacto Fiscal o Acuerdo Federal sobre diversas cuestiones impositivas que atañen a los gobiernos provinciales.

En diciembre, en pleno festejo por el Mundial de Qatar, llegó a los ministros de Economía y organismos tributarios de cada provincia un borrador del nuevo Acuerdo Federal que se está tratando de consensuar, informó el diario La Nación.

Este acuerdo comprende una serie de sugerencias y medidas que los gobiernos deben adoptar voluntariamente y donde seguramente habrá una negociación política, siempre y cuando el calendario electoral lo permita.

Entre las medidas, hay dos que afectan bastante al fisco misionero, que ejerce una agresiva politica para cobrar Ingresos Brutos, caracterizada por su régimen de percepción anticipada (conocida como Aduana Paralela) y también por la gran cantidad de saldos a favor en este gravamen que se le generan a muchos contribuyentes, sin que se les permita descargar estos créditos contra el pago de los siguientes impuestos.

No más percepción anticipada para Monotributistas A, B, C y D

Uno de los puntos importantes es que se solicita a los organismos tributarios provinciales, como la ATM, que no cobren más percepciones anticipadas de Ingresos Brutos (como los descuentos que se hacen en cualquier acreditación en la cuenta bancaria) a los monotributistas de las categorías A, B, C y D.

Esto eso, a las cuatro categorías más bajas del Monotributo.

El borrador establece que “no podrán ser objetos de retención, percepción, recaudación o pagos a cuentas las personas humanas” cuyos ingresos brutos mensuales sean inferiores al equivalente del límite anual de ingresos de la categoría D del Régimen Simplificado para pequeños Contribuyentes que es en la actualidad de $2.791.085. 

Además, reclama que esta medida esté funcionando en este primer semestre, lo cual es un nivel de premura bastante importante para este tipo de Acuerdos que en su gran mayoría sugiere medidas que los gobiernos provinciales no están obligados a adoptar.

Límites a los saldos a favor

Otra cuestión sobre la que hace incapié el borrador de la Subsecretaría de Relación con las Provincias, que depende del Ministerio de Economía, tiene que ver con la necesidad de ponerle tope a los saldos a favor.

Los saldos a favor son aquellos que se generan cuando un fisco, en este caso la ATM, realiza deducciones anticipadas en varias etapas del giro comercial y luego el contribuyente se encuentra con que pagó de más y le tienen que devolver.

La ATM demora mucho tiempo en devolver estos saldos a favor y a pesar del pedido de las cámaras empresariales no acepta que las empresas o contribuyentes utilicen esos créditos para “netearlos” o “compensar” otros pagos de gravámenes. Además, la cuestión inflacionaria genera un perjuicio financiero muy gravoso por las demoras en estos saldos.

Evidentemente no es un problema solamente del fisco misionero. Aunque sí es cierto que pocos fiscos tienen la efectividad y la presión que ejerce la ATM de Misiones. Cabe resaltar que la ATM recauda más que la combinación de los organismos recaudadores de Corrientes, Chaco y Formosa juntas.

En el borrador se sostiene que hasta el 30 de junio “no podrán ser objeto de percepciones, retenciones, recaudaciones o pagos a cuenta” de IIBB, quienes tengan un saldo a favor superior a 18 veces del promedio del impuesto determinado en los tres meses anteriores (excepto que sean de riesgo fiscal).

Es decir, si una firma ha pagado en promedio en tres meses anteriores 100.000 pesos de Ingresos Brutos, no puede tener saldos a favor a 1.800.000 pesos.

La idea es que estos saldos a favor se vayan achicando drásticamente.

Y fija una escala hacia delante: 15 veces desde 1° de julio; 12 desde el 1° de enero de 2024; seis el 7 de julio de ese año y tres en el arranque de 2025.

En la actual coyuntura, los “saldos a favor” son un mecanismo encubierto para financiarse que encontraron los gobiernos provinciales. Nación lo entiende así y por eso propone un esquema de reducción gradual de ese mecanismo.

Tampoco, dice, podrán establecerse alícuotas de retención, percepción, recaudación y/o pago a cuenta superiores al 90% de la alícuota legal de la actividad principal (aquella que genere mayores ingresos en el último año calendario); si hay riesgo fiscal podrá llegar al 100%.

Esos regímenes podrán tener sobretasas para sujetos sin alta o no inscriptos en IIBB “sin exceder en ningún caso la alícuota legal”. En caso de pagos bancarios y/o electrónicos, no se podrá hacer retención de IIBB.

Sobre IIBB el texto pide establecer un mecanismo de compensación entre provincias cuando el contribuyente actúe en más de una; también fija que en la web de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral las jurisdicciones deben publicar el coeficiente único de liquidación del impuesto y plantea que deben “adoptar” el Sistema Federal de Recaudación (SIFERE), debiendo todas tener cumplido ese punto “durante 2023 y 2024″.

Sin reducción de alícuotas

Sin embargo, una buena noticia para los fiscos provinciales es que el documento para ir negociando el nuevo Acuerdo Federal no incluye reducción de las alícuotas de Ingresos Brutos, como sí lo hizo el Pacto Fiscal firmado en 2019 y que finalmente quedó en papel mojado tras la crisis financiera que llevó a la Argentina al FMI y a dar por tierra con muchos de estos acuerdos.

Plan B/ 10-1-2023

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