Hasta $120.000 con 6 meses de gracia.

Monotributistas: Cómo pedir los créditos automáticos a tasa 0, que en parte "se pagan solos" con la inflación

El Gobierno Nacional anunció una nueva línea de créditos muy blandas, con un año y medio de gracia (donde no se devuelve nada) a tasa cero para 1,5 millón de monotributistas de las categorías más bajas.

Los créditos serán hasta 150.000 pesos y para acceder a ellos hay que anotarse entre el 24 y el 26 de agosto en la página web de la AFIP, para expresar la voluntad de acceder al beneficio.

Los préstamos se acreditarán en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada monotributista, el que contará con un año y 6 meses de gracia y deberá realizar la devolución en 12 cuotas sin intereses.

El monto del crédito al que se accede depende de la categoría del monotributista al 30 de junio pasado. La categoría A o más baja, podrá solicitar hasta $90.000, y hasta $120.000 para los de la categoría B y de hasta $150.000 para el resto.

Paso a paso cómo acceder

En la web de AFIP, a la que se deberá ingresar con clave fiscal y elegir el servicio “Crédito Tasa Cero”, se visualizará si el contribuyente califica para solicitarlo y el monto del crédito que le corresponde de acuerdo a su categoría.

Es importante destacar que el sistema excluye a aquellos monotributistas que además trabajan en relación de dependencia y tienen un sueldo en blanco.

Ahí deberá seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito para finalizar el trámite.

Quienes hayan accedido a un Crédito a Tasa Cero el año pasado podrán tramitar un nuevo préstamo en 2021, y en el caso de que el solicitante se encuentre en situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito a cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior.

Requisitos
Entre los requisitos a cumplir se detalló que el solicitante deberá estar adherido al monotributo y no percibir un ingreso en relación de dependencia, ni jubilación, y no prestar servicios al sector público, es decir, cuando al menos el 70 % de su facturación fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público.

El beneficiario no debe estar en situación 3, 4, 5 o 6 en la central de deudores del Banco Central, y no podrá acceder al mercado libre de cambio ni concertar operaciones de venta en el país de títulos con liquidación en moneda extranjera.

Tampoco podrá ingresar en procesos de canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.

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